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Resolución de 25 de febrero de 2010, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se aprueba el calendario de actuaciones y se determinan las Comisiones de Escolarización del procedimiento de admisión del alumnado en centros docentes no universitarios públicos y privados concertados del Principado de Asturias para el curso 2010/2011.
El artículo 2.1 del anexo I de la Resolución de 24 de marzo de 2008, del Consejero de Educación y Ciencia, por la que se aprueban las normas por las que se rige el procedimiento de admisión del alumnado en centros docentes no universitarios públicos y privados concertados del Principado de Asturias, prevé que el citado procedimiento se inicia mediante Resolución de la Consejería competente en materia de educación, en la que se aprobará el calendario de actuaciones y se determinarán las Comisiones de Escolarización que habrán de constituirse y su respectivo ámbito territorial.
En virtud de lo establecido en el párrafo anterior y vista la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el Decreto 66/2007, de 14 de junio, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes no universitarios públicos y privados concertados del Principado de Asturias; la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno, y demás disposiciones de general aplicación,
RESUELVO
Primero.—Aprobar el calendario de actuaciones que se desarrollarán durante el procedimiento de admisión del alumnado en centros docentes no universitarios públicos y privados concertados del Principado de Asturias para el curso 2010/2011, que se incorpora como anexo I a la presente resolución.
Segundo.—Determinar el número y el ámbito territorial de actuación de las Comisiones de Escolarización para el curso 2010/2011, conforme a lo que se dispone en el anexo II que se incorpora a la presente resolución.
Tercero.—Facultar a la Directora General de Planificación, Centros e Infraestructuras para adoptar cuantas medidas sean necesarias para el desarrollo y cumplimiento de esta resolución.
Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el titular de la Consejería de Educación y Ciencia en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Oviedo, 25 de febrero de 2010.—El Consejero de Educación y Ciencia, José Luis Iglesias Riopedre.—4.785.
Anexo I
A.—CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO GENERAL DE ADMISIÓN DE ALUMNADO (ABREVIADO PARA SOLICITANTES)
Inicio del procedimiento de admisión:
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Alumnado adscrito:
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Alumnado de nuevo ingreso y cambio de centro:
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Plazos de matrícula:
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B.—CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO GENERAL DE ADMISIÓN DE ALUMNADO
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C.—ALUMNADO CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Escolarizaciones en educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y en colegios de educación especial:
1.º Modificación en la situación personal, cambio de etapa y en su caso, cambio de centro.
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2.º Solicitudes de admisión de alumnado con NEE presentadas por las familias durante el plazo ordinario
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Escolarizaciones en bachillerato, ciclos formativos de grado medio y grado superior y en programas de cualificación profesional inicial:
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D.—CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO
Período ordinario.
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Período extraordinario:
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Anexo II
COMISIONES DE ESCOLARIZACIÓN
— Comisión de Escolarización de Avilés, con sede en el IES Juan Antonio Suances, C/ Marqués s/n. Su ámbito territorial es el municipio de Avilés.
— Comisión de Escolarización de Gijón, con sede en la Consejería de Educación y Ciencia, C/ Alarcón 7. Su ámbito territorial es el municipio de Gijón.
— Comisión de Escolarización de Oviedo, con sede en la Consejería de Educación y Ciencia, Plaza España 5. Su ámbito territorial es el municipio de Oviedo.
— Comisión de Escolarización del resto de municipios del Principado de Asturias, con sede en la Consejería de Educación y Ciencia, Plaza España 5. Su ámbito territorial es el Principado de Asturias, excepto los municipios de Avilés, Gijón y Oviedo.
— Comisión de Escolarización de Formación Profesional, con sede en la Consejería de Educación y Ciencia, Plaza España 5. Su ámbito territorial es el Principado de Asturias.