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Resolución de 11 de febrero de 2009, de la Viceconsejería de Modernización y Recursos Humanos, por la que se modifica la Resolución de 1 de septiembre de 2008, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, en turno de promoción interna y régimen de contratación laboral por tiempo indefinido, de siete plazas de ATS/DUE (Salud Mental-BOPA 25-9-2008).
Antecedentes
Primero.—Por Resolución de 1 de septiembre de 2008 de la Viceconsejería de Modernización y Recursos Humanos, se convocan pruebas selectivas para la provisión, en turno de promoción interna y régimen de contratación laboral por tiempo indefinido, de siete plazas de ATS/DUE (Salud Mental – BOPA 25-9-2008).
Segundo.—Contra la citada Resolución, se interpone recurso de reposición contra lo dispuesto en la base sexta de la convocatoria relativa a la “Estructura y calificación de las pruebas”, apartado A) “Fase de oposición”.
Tercero.—Examinado el citado recurso y tras su resolución estimativa, se acuerda la modificación de la base sexta apartado A) “Fase de oposición” de la convocatoria de las pruebas selectivas para la provisión, en turno de promoción interna y régimen de contratación laboral por tiempo indefinido, de siete plazas de ATS/DUE (Salud Mental), aprobadas por Resolución de 1 de septiembre de 2008.
A la vista de todo lo expuesto, y en uso de la delegación conferida por la Resolución de la titular de la Consejería de 4 de septiembre de 2007 (BOPA de 13 de septiembre de 2007),
RESUELVO
Primero.—Efectuar la modificación de la base sexta, apartado A) “Fase de oposición” de la Resolución de 1 de septiembre de 2008 de la Viceconsejería de Modernización y Recursos Humanos, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, en turno de promoción interna y régimen de contratación laboral por tiempo indefinido, de siete plazas de ATS/DUE (Salud Mental) (BOPA 25-9-2008), en la forma que a continuación se determina:
En la base sexta, apartado A) “Fase de Oposición” (boletín n.º 224 del jueves 25 de septiembre de 2008, en la página 21273,
Donde dice:
A) “FASE DE OPOSICIÓN
Cada uno de los ejercicios se evaluará por el sistema de puntos, entre 0 y 10, requiriéndose para aprobar obtener la mitad de la puntuación máxima posible. Las personas que no alcancen dicho mínimo serán calificadas como no aprobadas y quedarán excluidas del proceso selectivo.
Primer ejercicio: Desarrollo escrito, en tiempo máximo de tres horas, de dos temas a elegir entre tres que serán insaculados al azar por el Tribunal entre los comprendidos en el programa.
Los/as aspirantes dispondrán de diez minutos previos, no deducibles del tiempo, para redacción de notas o esquemas que podrán usar en el desarrollo del ejercicio.
Este será leído por cada persona en sesión pública, cuyo lugar, día y hora decidirá el Tribunal, que lo comunicará de viva voz a los comparecientes a esta prueba antes de su conclusión.
Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de dos supuestos teórico-prácticos, relacionados con las materias del programa cuyo contenido y tiempo máximo de duración decidirá el Tribunal inmediatamente antes de su comienzo y que versarán sobre las funciones propias de un/a ATS/DUE.
Los ejercicios serán leídos por cada aspirantes en la misma forma que el ejercicio anterior, si bien en este caso, el Tribunal podrá dialogar con cada persona por tiempo máximo de cinco minutos exclusivamente sobre aspectos concretos relacionados con el supuesto.
A efectos de calificación el Tribunal valorará la formación general y los conocimientos concretos puestos de manifiesto al resolver los supuestos planteados, la capacidad de análisis y raciocinio y el orden y claridad de las ideas desarrolladas. En las pruebas que, por su índole, no sean susceptibles de apreciación tales cualidades, se atendrá a la exactitud en los resultados.
Excepto en caso de que su suscitare decisión unánime o consensuada del Tribunal, la calificación de la prueba se obtendrá por la media aritmética de las otorgadas por cada uno de sus miembros. Si entre éstas resultare diferencia superior al 30% de la máxima puntuación posible, se excluirán una calificación parcial máxima y otra mínima, aplicándose la media de las restantes.”
Debe decir:
“A) FASE DE OPOSICIÓN
La fase de oposición constará de una prueba práctica que se evaluará por el sistema de puntos, entre 0 y 20, requiriéndose para aprobar obtener la mitad de la puntuación máxima posible. Las personas que no alcancen dicho mínimo serán calificadas como no aprobadas y quedarán excluidas del proceso selectivo.
La prueba práctica consistirá en la resolución escrita en el tiempo máximo de tres horas de dos casos prácticos relacionados con las materias del programa y que versarán sobre las funciones propias de un/a ATS/DUE.
La prueba práctica será leída por cada aspirante en sesión pública, pudiendo el Tribunal, concluida la lectura, dialogar con cada aspirante por tiempo máximo de cinco minutos sobre aspectos concretos relacionados, exclusivamente, con los casos prácticos. El lugar, día y hora de la lectura en sesión pública, serán determinados por el Tribunal, que lo comunicará de viva voz a los comparecientes a esta prueba antes de su conclusión.
A efectos de la calificación el Tribunal valorará la formación general y los conocimientos concretos puestos de manifiesto al resolver los casos prácticos, la capacidad de análisis y raciocinio y el orden y claridad de las ideas desarrolladas.
Excepto el caso de que se suscitare decisión unánime o consensuada del Tribunal, la calificación de la prueba se obtendrá por la media aritmética de las otorgadas por cada uno de sus miembros. Si entre éstas resultare diferencia superior al 30% de la máxima puntuación posible, se excluirán una calificación parcial máxima y otra mínima, aplicándose la media de las restantes.”
Segundo.—Las personas que hubiesen presentado hasta este momento instancia normalizada para participar en este procedimiento selectivo, conforme a las previsiones establecidas en la Resolución de 1 de septiembre de 2008 de la Viceconsejería de Modernización y Recursos Humanos, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, en turno de promoción interna y régimen de contratación laboral por tiempo indefinido, de siete plazas de ATS/DUE (Salud Mental) (BOPA 25-9-2008), se entenderá que mantienen su voluntad sin necesidad de que realicen nuevos trámites, salvo que, ante la modificación de la convocatoria, manifiesten su deseo de no concurrir al proceso selectivo debiendo hacerlo debidamente identificadas y por escrito. En este caso se iniciará un expediente de devolución de la tasa satisfecha en su momento.
Tercero.—Se amplia el plazo de presentación de solicitudes en 20 días hábiles a partir del siguiente a la publicación de esta Resolución para que, quienes reúnan los requisitos previstos en la base segunda de la Resolución de la convocatoria y no hubiesen solicitado participar en el proceso selectivo, puedan hacerlo ahora. En este supuesto deberán seguir cualquiera de los procedimientos de presentación de solicitudes previstos en la base tercera.
Cuarto.—Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Viceconsejero de Modernización y Recursos Humanos en el plazo de un mes desde su publicación en el BOPA o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde dicha publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos recursos.
Oviedo, a 11 de febrero de 2009.—El Viceconsejero de Modernización y Recursos Humanos, P.D. 4-9-2007 (BOPA 13-9-2007).—5.179.