Saltar al contenido principal

Gobierno del Principado de Asturias

Asturias, mucho más cerca

 

Estás en

Inicio BOPA y Legislación Resultados Buscador BOPA

Consulta de una disposición

Disposición anterior | Disposición siguiente


Boletín Nº 19 del Lunes 25 de Enero de 2010

AUTORIDADES Y PERSONAL

CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO

Resolución de 30 de diciembre de 2009, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se convoca para su provisión, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo de Director/a del Museo Arqueológico, dependiente de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo.

Vacante en la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Cultura y Turismo el puesto de trabajo de Director/a del Museo Arqueológico, dependiente de la Dirección General de Patrimonio Cultural, configurado en la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración del Principado de Asturias publicada en el BOPA de 16 de mayo de 2008, modificada parcialmente por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de marzo de 2009 (BOPA de 21 de marzo) con el objeto de su provisión, de conformidad con lo establecido en los artículos 17, apartado a) y 51.1, apartado b) de la Ley del Principado de Asturias 3/85, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Administración del Principado de Asturias, modificada por la Ley 4/91, de 4 de abril, y la Ley 4/96, de 13 de diciembre, y en los artículos 3 y 21 del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo, Promoción Profesional y Promoción Interna de los Funcionarios de la Administración del Principado de Asturias, aprobado por Decreto 22/1993, de 29 de abril, en su virtud,

Resuelvo

Primero.—Convocar, para su provisión, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo de Director/a del Museo Arqueológico, dependiente de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo, cuya configuración, tal como se recoge en la relación de puestos de trabajo, se describe en el anexo de la presente Resolución.

Segundo.—Aprobar las siguientes reglas que han de regir la convocatoria, complementarias de lo dispuesto en la Ley 3/85, de 26 de diciembre, y en el Decreto 22/93, de 29 de abril, anteriormente citados:

a) Podrán formular solicitudes para dicho puesto quienes tengan la consideración de funcionarios/as de carrera de la Administración del Principado de Asturias, de otras Comunidades Autónomas o de la Administración del Estado y pertenezcan al Subgrupo A1.

b) Las solicitudes se dirigirán a la Ilma. Sra. Consejera de Cultura y Turismo, y habrán de presentarse en el Registro General Central de la Administración del Principado de Asturias (Edificio Administrativo, c/ Coronel Aranda, s/n, planta plaza, sector central. Oviedo) o a través de cualquiera de las oficinas previstas en el art. 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/99, de 13 de enero, y artículo 8 de la Ley 2/95, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, dentro del plazo de los veinte (20) días hábiles siguientes al de la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de la presente Resolución.

c) Los interesados harán constar en la solicitud sus datos personales, plaza de la que sean titulares en la Administración del Principado de Asturias, en la Administración de otras Comunidades Autónomas o en la Administración del Estado, puesto desempeñado actualmente y puesto al que optan, acompañando además certificación acreditativa de su pertenencia a la Administración del Principado de Asturias, a la Administración de otras Comunidades Autónomas o a la Administración del Estado, así como currículum vítae en el que se hagan constar cuantos méritos se estimen oportunos y, en particular, el título o títulos académicos que posean, los puestos de trabajo que hayan desempeñado con anterioridad, tanto en la Administración del Principado como en otras Administraciones y, en su caso, en empresas privadas, y los demás estudios o cursos de formación y perfeccionamiento realizados, con especial atención a los relacionados con el puesto a desempeñar.

Los méritos que se aleguen deberán ser justificados documentalmente para su toma en consideración.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la previa interposición del recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Cultura y Turismo en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Oviedo, 30 de diciembre de 2009.—La Consejera de Cultura y Turismo, Mercedes Álvarez González.—732.

Anexo que se cita

— Denominación del puesto: Director/a del Museo Arqueológico.

— Nivel del complemento de destino: 28.

— Clase complemento específico: C (24.073,74 €).

— Tipo puesto: Singularizado.

— Forma de provisión: Libre designación.

— Adscripción: Administración del Principado de Asturias, de otras Comunidades Autónomas y Administración del Estado.

— Subgrupo: A1.

— Concejo de destino: Oviedo.

Disposición anterior | Disposición siguiente

Información sobre el documento

© Copyright 2006. Gobierno del Principado de Asturias