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Resolución de 1 de septiembre de 2008, de la Viceconsejería de Modernización y Recursos Humanos, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, en turno de promoción interna y régimen de contratación laboral por tiempo indefinido, de siete plazas de ATS/DUE (Salud Mental).
En cumplimiento del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de junio de 2006, aprobatorio de la Oferta de Empleo Público para dicho año, y del Convenio de Colaboración de 15 de diciembre de 2006, por el que el SESPA encomienda la gestión de los procesos selectivos para la provisión de las plazas vacantes de su plantilla de personal, de conformidad con lo prevenido en la Ley y Decretos que se citarán en la base primera y en uso de la delegación conferida por resolución de la titular de la Consejería de 4 de septiembre de 2007,
RESUELVO
Convocar las pruebas selectivas para la provisión de las plazas que se dirán, con sujeción a las siguientes
BASES
Primera.—Objeto y normas de aplicación:
La presente convocatoria tiene por objeto la provisión, en turno de promoción interna y régimen de contratación laboral por tiempo indefinido, de siete plazas de ATS/DUE (Grupo B), por el procedimiento de concurso-oposición.
De acuerdo con lo dispuesto en el Convenio Colectivo de aplicación, así como en la Oferta de Empleo Público, las plazas que puedan resultar vacantes en el turno de promoción interna acrecerán automáticamente las de nuevo ingreso a través de la correspondiente convocatoria pública.
Dicha convocatoria se regirá conforme a estas bases, el Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Ley 7/2007, de 12 de abril; la Ley 3/1985, de 26 de diciembre de Ordenación de Función Pública de la Administración del Principado de Asturias, el Reglamento de Selección e Ingreso de personal al servicio de dicha Administración aprobado por Decreto 68/1989, de 4 de mayo (en lo sucesivo Reglamento); el Decreto 111/2005 de 3 de noviembre de la Consejería de Economía y Administración Pública sobre el registro telemático y el Convenio Colectivo que resulte de aplicación.
Segunda.—Requisitos para concurrir:
Para la admisión a la realización de estas pruebas selectivas, cada aspirante deberá reunir los siguientes requisitos:
1. Poseer la condición de trabajador o trabajadora integrado en el vigente Convenio Colectivo de los Servicios de Salud Mental de los Servicios de Salud del Principado de Asturias, como personal laboral fijo y en activo, del grupo C o B en cualquiera de sus categorías, siempre que sea distinta de la convocada, que reúna los requisitos exigidos y posea una antigüedad mínima de dos años en la categoría de conformidad con lo establecido en el mencionado Convenio.
2. No haber sido separado o separada, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial. Y en el caso de ser nacional de otros Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
3. Poseer la capacidad funcional para el desarrollo de las tareas.
4. Diplomatura universitaria en enfermería o equivalente.
5. Pago de la tasa de inscripción en cuantía de 25,37 €.
Las personas con discapacidad serán admitidas en condiciones de igualdad con los demás aspirantes salvo que la restricción padecida las hiciera incumplir el precedente requisito 3.
Los expresados requisitos de participación deberán poseerse el día final del plazo de presentación de solicitudes previsto en la base siguiente y mantenerse en la fecha de toma de posesión, acreditándose previamente a ésta según establece la base octava.
Para evitar discrepancias en los cómputos de antigüedad, tanto esta como los méritos a valorar en la fase de concurso de acuerdo a lo especificado en la base sexta, se referirán también al día final del plazo de presentación de solicitudes previsto en la base siguiente.
Tercera.—Documentación a presentar y plazos y modos de presentación:
Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas podrán presentar su solicitud en el plazo de 20 días hábiles desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria, mediante alguna de las siguientes formas:
Solicitud telemática: Será posible la solicitud de inscripción en pruebas selectivas a través de Internet siguiendo el siguiente procedimiento:
1. Acceda al portal de la Administración del Principado de Asturias: www.asturias.es/iaap En el apartado de selección de personal, elija la opción “Solicitud telemática”. A continuación seleccione la convocatoria en la que desea inscribirse de las que figuran en plazo de solicitud.
2. Cumplimente el formulario con la información solicitada. Podrá precargar su información personal en el formulario si se identifica con cualquiera de los mecanismos permitidos (clave SAC, certificado digital o DNI electrónico).
3. Revise que la información introducida es la correcta y acepte la cláusula de declaración de que los datos aportados son verdaderos.
4. De manera automática podrá realizar el pago telemático que le permitirá abonar la tasa por derechos de examen. Efectúe dicho pago introduciendo el número de su tarjeta de crédito o débito. Las permitidas son: Visa, Mastercard, Maestro/Red 6000.
5. Una vez realizados estos pasos, recibirá la confirmación de que su solicitud se ha registrado satisfactoriamente. Imprima y conserve el justificante de su inscripción.
Solicitud presencial: Si desea realizar este proceso de forma presencial deberá aportar los siguientes documentos.
1. Instancia o solicitud, cumplimentada en impreso normalizado. Este modelo, único válido para solicitar la participación en las pruebas selectivas, se puede obtener en:
— Internet, en el portal corporativo: www.asturias.es/iaap enlace “Selección de personal”.
— Las dependencias del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, calle Julián Clavería, número 11, de Oviedo (código postal 33006).
— La Oficina de Atención Ciudadana del Principado de Asturias, sita en la planta plaza del Edificio Administrativo de Servicios Múltiples (EASMU) del Principado, calle Coronel Aranda, número 2, de Oviedo (código postal 33005).
Las personas con discapacidad que con justificación suficiente lo hagan constar en la solicitud, podrán obtener las adaptaciones necesarias de tiempo y medios para la realización de los ejercicios, para ello deberán hacer constar el grado de discapacidad y el diagnóstico emitido en el Dictamen Facultativo Técnico. El Tribunal examinará y resolverá motivadamente tales peticiones, pudiendo requerir a dicho efecto el oportuno informe del órgano técnico competente de la comunidad autónoma.
2. Autoliquidación de la tasa por inscripción, cumplimentada en impreso normalizado 046. El impreso 046, “Autoliquidación de tasas y otros ingresos”, se puede obtener en los mismos lugares que la instancia de solicitud y su falta de presentación o de pago determina la exclusión del aspirante.
En el caso de Internet, la navegación para obtener el impreso normalizado de autoliquidación 046 ha de ser la siguiente: www.asturias.es/iaap → enlace “Selección de Personal” → enlace “Modelo tributario 046 de autoliquidación de tasas”. La cumplimentación del impreso así obtenido puede hacerse on-line o en local (pdf), debiendo en todo caso imprimirse y presentarse en soporte papel.
La presentación del modelo 046 en ningún caso sustituye el trámite de presentación de la instancia de solicitud, que debe hacerse en tiempo y forma.
En el impreso 046, el presentador deberá cumplimentar, obligatoriamente, los siguientes datos:
• En el apartado “fecha de devengo” → (1) dd/ mm/ aaaa La fecha en que realiza el pago de la tasa.
• En el apartado “dato específico”:
(2) En “Centro gestor” → 12 02.
(3) En “Aplicación” → 12 01 322003.
(4) En “Ejercicio” → 2008.
• En el apartado “declarante/sujeto pasivo” → todos los datos de los campos 6 al 17, imprescindibles para identificar al aspirante y para localizarle en el caso de tener que realizarse alguna subsanación.
• En el apartado “detalle de la liquidacion”.
(18) En “descripción” → tasa por inscripción en las pruebas de acceso a la función pública.
(19) En la columna de “descripción concepto” → siete plazas de ATS/DUE, turno promoción interna (Salud Mental).
En la columna de “importe” → 25,37 €.
El pago de la tasa de inscripción podrá realizarse:
a) En la ventanilla de entidades financieras colaboradoras en la gestión recaudatoria de la Administración del Principado de Asturias, previa presentación del original del impreso normalizado 046.
La relación de entidades colaboradoras puede verse en Internet, con la siguiente navegación: www.asturias.es → enlace “Temas: Economía y Finanzas” → enlace “Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias” → enlace “Portal Tributario” → enlace “Información tributaria” → enlace “Presentación y pago de tributos” → enlace “Tributos propios” → enlace “Tasas y precios públicos–entidades financieras colaboradoras”.
b) Por Internet con la siguiente navegación: www.asturias.es → enlace “Temas: Economía y Finanzas” → enlace “Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias” → enlace “Portal Tributario” → enlace “Oficina Virtual” → enlace “Pagos telemáticos”, o bien directamente desde “Modelos tributarios” si se ha optado por cumplimentar previamente el impreso “on line”.
El modelo 046 debidamente cumplimentado, y una vez pagado, sirve como resguardo del pago realizado, salvo en el pago por Internet, en cuyo caso el justificante de pago telemático debe presentarse junto con el modelo 046.
3. Los datos referentes al grupo, categoría de pertenencia y antigüedad en la misma, así como la acreditación de los méritos resultantes de la antigüedad, los solicitará el IAAP de oficio y en su momento a la Dirección Gerencia del SESPA.
4. Los documentos acreditativos de los cursos de formación y, en su caso, demás méritos que se aleguen para la fase de concurso, se aportarán en original o fotocopia compulsada o adverada, en el plazo de diez días hábiles a partir de la publicación del último anuncio de notas de la fase de oposición, acompañados de escrito dirigido al Tribunal de la convocatoria de que se trate y de los datos personales de la persona interesada (existe un modelo disponible en www.asturias.es/iaap apartado de selección de personal). En el caso de la formación impartida por el IAAP, no será necesario aportar la documentación, el Tribunal recabará asimismo en su momento, dicha información de oficio.
Para las personas que opten por la solicitud presencial, los documentos relacionados en los apartados primero y segundo (solicitud y modelo 046) se presentarán en la oficina de Atención Ciudadana de la Administración del Principado de Asturias, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuarta.—Admisión-exclusión de aspirantes:
Terminado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias la resolución de la Dirección del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada” por la que se aprueba la lista de personas admitidas y excluidas, con indicación del defecto motivador de la exclusión y el plazo de subsanación si ésta fuere posible, transcurrido el cual sin efectuarla se producirá la caducidad del derecho.
Dicha resolución señalará igualmente los medios, lugares y tablones de anuncios donde la relación completa de aspirantes queda expuesta al público, el lugar, día y hora de comienzo de las pruebas y, en su caso, el material o equipamiento del que los/las opositores/as habrán de venir provistos. Cuando se considere que el número de aspirantes impide su examen en una única sesión, al elevar a definitiva la lista provisional se señalarán de modo concreto los días y horas para los que, a partir del indicado como de comienzo, quedarán convocadas las personas opositoras que hayan de realizar la prueba en fechas sucesivas.
No obstante, si en cualquier momento posterior a la aprobación de la referida lista, incluso durante la celebración de la prueba, se advirtiere en las solicitudes de los/as aspirantes inexactitud o falsedad que fuere causa de exclusión, ésta se considerará defecto insubsanable proponiéndose al órgano que convoca que resuelva tal exclusión.
Quinta.—Tribunal calificador:
Su designación se efectuará en la resolución a que se refiere la base anterior y para su constitución y actuación válida se requerirá la presencia de, al menos, la mitad más uno de sus miembros, titulares o suplentes, y en todo caso la de las personas que ocupen la Presidencia y la Secretaría.
Las personas designadas deberán abstenerse de actuar, si en ellos concurriera alguna de las circunstancias del artículo 28.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o la del artículo 13 apartado 1 del Reglamento. Por esas mismas causas podrán ser recusadas por los/as aspirantes, resolviéndose la recusación con arreglo a lo previsto en el artículo 29 de la citada Ley.
Si se estimare necesario podrán designarse asesores especialistas, que actuarán con voz y sin voto.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal calificador tendrá su sede en el IAAP “Adolfo Posada” sito en la c/ Julián Clavería, 11, 33006 Oviedo. Asimismo, será en el tablón de anuncios de dicho organismo así como en el del Servicio de Atención Ciudadana, donde se efectuarán las sucesivas publicaciones.
Los actos del Tribunal pueden ser objeto de recurso de alzada ante la autoridad que nombre a su Presidente/a en el mismo plazo y su resolución agotará la vía administrativa.
Sexta.—Estructura y calificación de las pruebas:
La fase de concurso únicamente será valorada si el o la aspirante ha superado la puntuación mínima establecida en la fase de oposición, la cual tiene carácter obligatorio y eliminatorio.
A) Fase de oposición:
Cada uno de los ejercicios se evaluará por el sistema de puntos, entre 0 y 10, requiriéndose para aprobar obtener la mitad de la puntuación máxima posible. Las personas que no alcancen dicho mínimo serán calificadas como no aprobadas y quedarán excluidas del proceso selectivo.
Primer ejercicio: Desarrollo escrito, en tiempo máximo de tres horas, de dos temas a elegir entre tres que serán insaculados al azar por el Tribunal entre los comprendidos en el programa.
Los/as aspirantes dispondrán de diez minutos previos, no deducibles del tiempo, para redacción de notas o esquemas que podrán usar en el desarrollo del ejercicio.
Éste será leído por cada persona en sesión pública, cuyo lugar, día y hora decidirá el Tribunal, que lo comunicará de viva voz a los comparecientes a esta prueba antes de su conclusión.
Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de dos supuestos teórico-prácticos, relacionados con las materias del programa cuyo contenido y tiempo máximo de duración decidirá el Tribunal inmediatamente antes de su comienzo y que versarán sobre las funciones propias de un/a ATS/DUE.
Los ejercicios serán leídos por cada aspirante en la misma forma que el ejercicio anterior, si bien en este caso, el Tribunal podrá dialogar con cada persona por tiempo máximo de cinco minutos exclusivamente sobre aspectos concretos relacionados con el supuesto.
A efectos de calificación el Tribunal valorará la formación general y los conocimientos concretos puestos de manifiesto al resolver los supuestos planteados, la capacidad de análisis y raciocinio y el orden y claridad de las ideas desarrolladas. En las pruebas que, por su índole, no sean susceptibles de apreciación tales cualidades, se atendrá a la exactitud en los resultados.
Excepto el caso de que se suscitare decisión unánime o consensuada del Tribunal, la calificación de la prueba se obtendrá por la media aritmética de las otorgadas por cada uno de sus miembros. Si entre éstas resultare diferencia superior al 30% de la máxima puntuación posible, se excluirán una calificación parcial máxima y otra mínima, aplicándose la media de las restantes.
B) Fase de concurso:
Tendrá carácter obligatorio y no eliminatorio. En ella, el Tribunal valorará, con referencia a la fecha fin de plazo de presentación de instancias, los méritos establecidos en el artículo 15.3C del vigente Convenio colectivo y que hubieran sido alegados y justificados documentalmente por los/as aspirantes en los plazos y del modo prevenido en esta convocatoria, a cuyo efecto se tendrá en cuenta el siguiente baremo:
a) Por antigüedad, a razón de 0,30 puntos por cada año de servicios prestados hasta un máximo de 3 puntos. A estos efectos la antigüedad del personal fijo-discontinuo se computará por años efectivamente trabajados.
b) Por otros méritos relacionados directamente con la plaza a ocupar, tales como títulos y cursos de formación, hasta un máximo de 1,5 puntos distribuidos de la siguiente forma:
b.1) 0,35 puntos por cada título expedido por centros docentes oficiales que acrediten un especial conocimiento de las funciones asignadas a la categoría de la plaza o plazas objeto de la convocatoria.
b.2) Cada certificado o diploma expedido por administraciones públicas u organismos públicos, por otros organismos que impartan acciones formativas con reconocimiento oficial, o acogidos a Planes de Formación Continua para empleados públicos, que acrediten la asistencia a cursos de formación o perfeccionamiento sobre materias relacionadas directamente con las funciones asignadas a la plaza o plazas objeto de la convocatoria, se puntuará con arreglo al siguiente baremo:
• Certificado de asistencia: cursos hasta 15 horas, 0,05 puntos; de 16 a 35 horas, 0,10 puntos; de 36 a 60 horas, 0,15 puntos y aquellos con duración superior a 60 horas, 0,20 puntos.
• Certificado de aprovechamiento: cursos de 15 a 30 horas, 0,15 puntos; de 31 a 40 horas, 0,20 puntos y aquellos con duración superior a 40 horas, 0,25 puntos.
c) Por hallarse en posesión del mismo nivel de titulación que el exigible para la plaza de que se trata: 2 puntos
d) Por conocimiento del puesto, hasta un máximo de 3,5 puntos distribuidos de la siguiente forma:
d-1) 0,075 puntos por cada mes de servicios prestados en el Principado de Asturias realizando funciones propias de la categoría objeto de la convocatoria.
Los puntos obtenidos se sumarán a los alcanzados en la fase de oposición, a fin de concretar la relación definitiva de personas aprobadas y de establecer el orden de prioridad entre las mismas, entendiéndose que han superado el proceso selectivo y por tanto que quedan incluidas en la aludida relación únicamente las que, en número nunca superior al de plazas a cubrir, hubiesen logrado las mayores puntuaciones acumuladas.
Séptima.—Su desarrollo:
Las pruebas que no podrán comenzar antes de un mes desde esta publicación, se celebrarán en el lugar, día y hora que establezca la resolución a que se refiere la base cuarta.
Conforme al resultado del sorteo público celebrado el día 18 de julio de 2006, la actuación de los/as aspirantes se iniciará por la letra “R” o en su defecto la siguiente, del primer apellido.
En cada prueba la comparecencia de los/as aspirantes será requerida de viva voz y en llamamiento único (en los de realización simultánea, todas las personas al comienzo; en los de realización sucesiva y en la lectura pública de ejercicios, paulatinamente según el orden de actuación), determinando la exclusión de quienes no comparezcan en el acto. No obstante, en caso de asistencia masiva a pruebas de realización simultánea, el Tribunal podrá decidir un segundo llamamiento acto seguido para la correcta acomodación de todos los/as aspirantes.
Al término de cada ejercicio se hará pública la relación de personas aprobadas en el mismo con expresión de la puntuación obtenida por cada uno y, en su caso, se efectuará la convocatoria para la realización de la siguiente, todo ello en los términos del art. 27, apartado 2 del Reglamento y mediante exposición de los correspondientes anuncios en el Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada” y en el Servicio de Atención Ciudadana.
Si resultare igualdad de puntuación final de dos o más personas, que afectara al orden de prioridad en la propuesta prevenida en la base siguiente o que implicare la necesidad de excluir a alguna o algunas de ellas de la referida propuesta, la prioridad se dirimirá atendiendo a la puntuación en la fase de oposición. De persistir el empate se celebrará, en plazo máximo de cinco días hábiles, una prueba adicional de carácter obligatorio que el Tribunal decidirá, siempre relacionada con las funciones propias de la plaza convocada.
Octava.—Propuesta, contratación y toma de posesión:
Concluidas las calificaciones, el Tribunal hará pública, por orden de puntuación y en número no superior al de plazas convocadas, la relación de quienes hayan superado el proceso selectivo y la elevará a la Dirección Gerencia del SESPA con propuesta de contratación. Dicha contratación podrá ser a tiempo completo, parcial o para determinados períodos del año, en función de los puestos que vayan a ser objeto de provisión. La prioridad en la elección de destino inicial corresponderá a los/as aspirantes en razón directa al orden de puntuación obtenido.
Dentro de los 20 días naturales desde el siguiente hábil al de la publicación de la lista, las personas propuestas presentarán en la Dirección Gerencia del Sespa (Plaza del Carbayón, 1-2, 33001 Oviedo), los siguientes documentos, en original o fotocopia, para su compulsa y devolución, en su caso, sometiéndose a las prevenciones del art. 29 del Reglamento:
1. El documento acreditativo de la titulación exigida para concurrir.
2. Los/as aspirantes que hayan obtenido plaza y que hubieran manifestado su situación de discapacidad con el fin de obtener adaptación de tiempos y medios para la realización de los ejercicios deberán presentar certificación acreditativa de su condición expedida por el organismo competente de la Comunidad Autónoma, referida a la fecha de conclusión del plazo de presentación de solicitudes. La falta de presentación de esta certificación, o si ésta fuera negativa, supondrá su exclusión de la propuesta de nombramiento, decayendo en su derecho.
Una vez resuelto el procedimiento selectivo, la Administración se compromete a publicar, con la mayor brevedad posible, la adjudicación de los destinos, a partir de la que se procederá, en un plazo máximo de siete días a la firma de los contratos. Decaerán en su derecho por la inobservancia de tal plazo, excepto la eventual solicitud y concesión de prórroga por causa justificada. En los supuestos de licencia, con suspensión de contrato de trabajo, el plazo para la formalización del contrato comenzará a contarse desde el momento en que desaparezca la causa que da lugar a la licencia.
Novena.—Norma final:
Sin perjuicio de su revisión de oficio, contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Viceconsejero de Modernización y Recursos Humanos en el plazo de un mes desde su publicación en el BOPA o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde dicha publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos recursos.
Oviedo, a 1 de septiembre de 2008.—El Viceconsejero de Modernización y Recursos Humano (P.D. Resolución de 4 de septiembre de 2007, BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias de 13 de septiembre).—17.139.
Anexo
PROGRAMA
La normativa reguladora de las materias comprendidas en este Programa se entenderá referida a la vigente el día de la publicación en el BOPA de la resolución que señale el comienzo de las pruebas.
1. Constitución Española: Aspectos fundamentales de la misma en relación con el derecho a la protección de la Salud.
2. El Estatuto de Autonomía para Asturias: Título Preliminar. Órganos institucionales de la Comunidad autónoma del Principado de Asturias: La Junta General, el Presidente y el Consejo de Gobierno.
3. Estructura orgánica de la Administración de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Organismos autónomos y entes públicos del Principado de Asturias: Funciones.
4. Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad: Derechos y deberes de los ciudadanos en relación con la salud.
5. Ley 1/1992, de 2 de julio, del Servicio de Salud del Principado de Asturias.
6. Ley 41/2002, de 14 de noviembre: Ley Básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
7. Ley 16/2003, de 28 mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud: implicaciones en la Atención a la Salud Mental.
8. La Cartera de Servicios en Salud Mental (R.D. de 15 de septiembre de 2006).
9. Estrategias actuales de atención a la salud mental: Plan de Acción de Helsinki (enero de 2005); Estrategia en Salud Mental del Ministerio de Sanidad y Consumo (diciembre de 2006).
10. El informe de la Comisión ministerial para la reforma psiquiátrica.
11. La reforma de la atención. Red de Atención a la Salud Mental en Asturias.
12. Historia de la enfermería psiquiátrica y de salud mental.
13. La atención Comunitaria en Salud Mental.
14. Aspectos éticos y legales en la atención a la salud mental.
15. Salud mental y enfermedad mental, conceptos básicos. Factores que influyen en la salud mental. La vulnerabilidad.
16. La persona como ser holístico.
17. El ambiente terapéutico.
18. La entrevista.
19. La relación enfermera-paciente/familia, instrumento básico de intervención.
20. Habilidades de comunicación y relacionales en la atención a la salud mental.
21. El Proceso de Atención de Enfermería. La metodología enfermera en el cuidado de salud mental.
a) Las taxonomía Nanda Noc Nic.
b) La valoración. Los patrones funcionales. Los Domi- nios.
c) Los problemas de salud. El Diagnostico Enfermero.
d) Los objetivos en el cuidado. Criterios de resultado.
e) Las Intervenciones Enfermeras.
22. Trastornos y problemas relacionados con la salud mental.
a) Trastornos por deterioro cognitivo. Los cuidados enfermeros.
b) Trastornos esquizofrénicos y otras psicosis. Los cuidados enfermeros.
c) Trastornos de la personalidad. Los cuidados enfermeros.
d) Trastornos del estado de ánimo. Los cuidados enfermeros.
e) Trastornos psicosomáticos. Los cuidados enfermeros.
f) Estrés y trastornos de ansiedad. Los cuidados enfermeros.
g) Trastornos del sueño. Los cuidados enfermeros.
h) Trastornos por consumo de sustancias psicoactivas. Los cuidados enfermeros.
i) Trastornos de la conducta alimentaria. Los cuidados enfermeros.
j) Trastornos generalizados del desarrollo. Los cuidados enfermeros.
k) Trastornos del control de impulsos. Los cuidados enfermeros.
l) Trastornos de la conducta sexual. Los cuidados enfer- meros.
m) Urgencias psiquiátricas. Los cuidados enfermeros.
n) La Intervención en crisis. Los cuidados enfermeros.
23. Los Planes de Cuidados estandarizados en:
a) La agresividad/falta de control de impulsos.
b) Falta de adherencia al tratamiento.
c) Alteraciones ciclo sueño/vigilia.
d) Trastorno de la conducta alimentaria.
e) El paciente con alucinaciones.
f) El paciente con riesgo suicida.
g) Ansiedad.
24. La Salud Mental infantil. Características de cuidados.
25. Modelos de atención: Teorías biologicistas, Teoría conductual, Teoría cognitiva, Teorías dinámicas y sociológicas, Tendencias humanistas.
26. La enfermera de salud mental como dinamizadora de grupos.
27. La Psicoeducación.
28. Prevención y promoción de la salud mental.
29. Rehabilitación psicosocial.
30. Psicofarmacología: Psicotropos. Indicaciones. Inte- racciones. Efectos secundarios.
31. La atención a la gravedad. El programa de atención al Trastorno Mental Severo.
32. Atención ante abusos, maltrato y violencia en la familia.
33. La gestión de casos. La tutoría.
34. La protocolización de actividades. Indicaciones/uti- lidades.
35. La acogida al paciente en salud mental. El acompañamiento. La contención. La visita domiciliaria.
36. El informe de continuidad de cuidados.