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Inicio Registro de demandantes de vivienda protegida (REDVIVA)

Registro de demandantes de vivienda protegida (REDVIVA)

Tramita por Internet

Consiste en

Solicitar la Inscripción en el Registro de Demandantes de Vivienda Protegida.

Requisitos

  1. Ser mayor edad o emancipado.
  2. Si se demanda una vivienda en régimen de compra se deberá acreditar no ser la persona solicitante, ni ninguno de los miembros de la unidad familiar, titular del pleno dominio o derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda sujeta a protección publica.
  3. Si por el contrario se demanda una vivienda en régimen de arrendamiento se deberá acreditar no ser la persona solicitante, ni ninguno de los miembros de la unidad familiar, titular del pleno dominio o derecho real de uso o disfrute de una vivienda protegida, ni de un contrato de arrendamiento de vivienda protegida.
  4.  

    Tipos de viviendas protegidas     

    para venta, alquiler y

    alquiler con opción de

    compra        

    Ingresos familiares máximos de los

    adquirientes e inquilinos (en número

    de veces el Indicador  Público de

    Renta (IPREM)

    Régimen especial

    2,5

    Régimen general

    4,5

    Régimen concertado

    7

Te interesa saber

  1. El registro de demandantes de Vivienda Protegida del Principado de Asturias contendrá los datos relativos a toda Unidad Familiar que pretenda acceder a una Vivienda Protegida en régimen de compra o de alquiler en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, cuya inscripción será obligatoria y gratuita con carácter previo.
  2. Quedan excluidos, de la inscripción en el Registro REDVIVA, los demandantes de vivienda protegida promovida por el Principado de Asturias,  Viviendas Sociales,  cuya adjudicación se encuentra regulada por el Decreto 30/2003 de 30 de abril y el Decreto 75/2004 de primera modificación del mismo

Plazo de solicitud

En plazo Todo el año

Cómo solicitarlo

Paso  1:
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1.  BOPA

Tu solicitud será tramitada por

Servicio de Promoción y Financiación de la Vivienda

Tu solicitud será resuelta por

Consejería de Bienestar Social y Vivienda

Código 2003754

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