Información sobre las licencia de pesca, normativas y solicitudes.
Para el ejercicio de la pesca en Asturias es necesario poseer la Licencia de Pesca, documento nominal, individual e intransferible expedido por la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Las clases, vigencia y procedimiento para su obtención se determinan reglamentariamente.
Para la pesca en los cotos además de la licencia se requiere de un Permiso de Pesca, documento nominal e intransferible expedido por la Dirección General de Recursos Naturales y Protección Ambiental. La posesión del permiso otorga el derecho a la práctica de la pesca en la zona que en él se indica y su tasa se determina reglamentariamente. Del mismo modo, el procedimiento de adjudicación se recoge en una reglamentación anual que garantiza el principio de igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos y ciudadanas, mediante la adecuada publicidad de ofertas, fechas, plazos, y el oportuno sorteo público.
Los permisos se dividen en los siguientes tipos:
Desde el año 2005 la solicitud de la licencia de pesca, así como la selección y solicitud del permiso de pesca, pueden realizarse del siguiente modo: