Registro de Explotaciones Agrícolas y Cuaderno Digital de Explotación
Dentro del paquete normativo aprobado por el Estado para la aplicación de la nueva Política Agrícola Común 2023-2027 se encuentra el Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria (SIEX, en adelante), así como el registro autonómico de explotaciones agrícolas (REA, en adelante) y el cuaderno digital de explotación agrícola (CUE, en adelante).
El SIEX es un conjunto de bases de datos y registros administrativos interconectados con la información de las explotaciones agrarias y está formado, entre otros, por dos componentes autonómicos que son el cuaderno digital de explotación agrícola (CUE) y el registro autonómico de explotaciones agrícolas (REA).
Registro Autonómico de Explotaciones Agrícolas (REA)
El REA contiene toda la información general de la explotación agraria y la relativa a las unidades de producción agrícolas.
El Anexo I del documento técnico de coordinación del SIEX, establece su contenido mínimo.
¿Cómo se accede al REA?
El acceso al REA se realiza a través de la aplicación de la PAC 2023-2027 SGA.
¿Quién puede acceder?
- Los titulares de las explotaciones agrícolas.
- Las personas o entidades habilitadas autorizadas: Ver apartado “Tramite de autorización”
¿Qué información hay en el REA y cómo se actualiza?
La información actualmente disponible en el REA es la procedente de las solicitudes PAC 2024, REGEPA 2023 y de las solicitudes de inscripción y actualización del REA realizadas por los titulares de explotaciones agrarias, además de información complementaria disponible y cargada de oficio por la administración del Principado de Asturias.
Si eres solicitante de ayudas PAC 2025, tu REA se actualizará automáticamente en el momento del registro de tu solicitud única con los datos contenidos en ella. Si quieres realizar alguna modificación en tu Registro de Explotación durante el plazo de presentación de solicitudes de ayuda, deberás presentar una modificación de tu solicitud de ayudas PAC 2025.
Si quieres actualizar los datos de tu explotación una vez que finalice el plazo de presentación de solicitudes de ayudas PAC 2025, debes seguir la tramitación ordinaria de modificación de la inscripción en el Registro correspondiente.
Si no eres solicitante de ayudas PAC2025, debes acceder al REA para inscribir tu explotación y/o registrar los cambios que se efectúen en la estructura de la explotación agrícola.
Cuaderno Digital de Explotaciones Agrícolas (CUE)
El CUE es la herramienta digital que permite a los titulares de explotaciones agrarias anotar las actividades realizadas en su explotación recogiendo, entre otras, las aplicaciones fitosanitarias, fertilización, riego o las actuaciones en las superficies acogidas a los ecorregímenes.
La cumplimentación por medios electrónicos del Cuaderno Digital de Explotación Agrícola será voluntaria siempre y cuando no exista disposición normativa sectorial por la que se determine un obligado registro electrónico de los datos de determinadas actividades agrarias.
Los titulares de las explotaciones pueden utilizar:
- El CUE que proporciona la comunidad autónoma y al que se accede a través de la Aplicación SGA
- el CUE desarrollado por la iniciativa privada (CUE comercial) previamente autorizado por la Administración.
- Ver apartado “Tramite de autorización” CUE comercial
- Listado de empresas autorizadas para el desarrollo de un CUE comercial
Para cumplimentar el cuaderno de explotación, el titular de la explotación agraria puede acceder personalmente o autorizar a una entidad colaboradora habilitada.
Trámite de autorización
El Principado de Asturias realizará toda la tramitación a través del Registro de Autorizaciones de SGA.
Empresas desarrolladoras CUE Comercial
Si eres un desarrollador de software y quieres registrar tu cuaderno de campo comercial en el Principado de Asturias, debes aportarnos ciertos datos a través de la aplicación SGA entrando en el portal de entidades colaboradoras (SGA PEC) Después accedan a "Mis explotaciones" y "Empresas desarrolladoras CUE" - botón "Nuevo".
Los datos que deben aportarse son:
- Nombre del software del CUE Comercial.
- Dominio desde el que van a enviar la información (caso centralizado)
- NIF y Nombre o Razón Social de la empresa y datos de contacto.
Una empresa desarrolladora puede registrar más de una combinación de software y dominio desde el que se remitirá la información
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación es quien desarrolla las interfaces necesarias para permitir la comunicación entre los cuadernos comerciales y el CUE para que pueda enviarse la información de actividades registradas desde los cuadernos comerciales al CUE.
No puede utilizarse un CUE comercial directamente por los titulares de las explotaciones sin que haya una entidad habilitada para CUE comercial.
Entidades habilitadas
Las personas físicas o jurídicas que, actuando en representación del titular de la explotación, quieren acceder al REA de dicho titular y cumplimentar/consultar su CUE deben habilitarse.
Procedimiento de habilitación:
2.1. Entidad Habilitada para la tramitación de las Ayudas PAC incluidas en la S.U.
Las entidades colaboradoras PAC, en base a lo dispuesto en la normativa reguladora (Resolución de 7 de abril de 2025 de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria), podrán acceder a los datos del CUE y del REA solicitando la ampliación de su perfil de usuario SGA y recabando la autorización del titular de la explotación.
2.2. Otras Entidades
Deberán registrarse en el portal de entidades colaboradoras (SGA PEC) como entidad habilitada para CUE y REA, accediendo con certificado electrónico a través de la Aplicación SGA.
¿Qué gestión pueden hacer las Entidades Habilitadas? Las entidades habilitadas, por cuenta del titular de la explotación, pueden:
- Utilizar el CUE que facilita la administración y modificar el REA: Deberá disponer de los anexos de representación de los titulares de explotación (Anexo VIII del Documento Técnico)
- Utilizar un CUE comercial y modificar el REA, el cuál debe estar previamente autorizado en el Listado de empresas de software de CUE comercial: Deberá disponer de los anexos de representación de los titulares de explotación (Anexo VIII del Documento Técnico) y por parte del CUE Comercial disponer del Anexo IX del Documento Técnico.
- En cualquiera de los dos casos anteriores, si el agricultor no autoriza a modificar el REA pero si que deja visualizar la información: Deberá disponer del Anexo IX del Documento Técnico
Los referidos Anexos del Documento Técnico deberán estar a disposición de la Administración, que podrá requerirlos si así lo considera oportuno.
Normativa reguladora
- Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materiales conexas.
- Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el ;Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola.
- Orden APA/204/2023, de 28 de febrero, por la que se establece y regula el contenido mínimo del Registro autonómico de explotaciones agrícolas y del Cuaderno digital de explotación agrícola y la cronología de incorporación de fuentes de información en el Sistema de información de explotaciones agrícolas, ganaderas y de la producción agraria.