Listas y bolsas de la Administración del Principado
Contacto para Bolsas de la Administración General 985 105 372 / bolsaempleotemporal@asturias.org
Buscador
Novedades
Abierto plazo de zonificación en la Lista de Empleo del Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos OEP 2022
Finalizado el proceso selectivo para la provisión de 4 plazas del Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos OEP 2022, se abre el plazo de zonificación para los integrantes de la lista de empleo resultante, que será del 21/02/2026 al 20/03/2026. Debe utilizarse el formulario específico para este procedimiento disponible en el apartado de zonificación de Preguntas Frecuentes.
Histórico
Preguntas frecuentes
Información General
El Decreto 115/2025, de 6 de noviembre, por el que se regula el acceso con carácter temporal al empleo publico de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos (BOPA 14/11/2025).
Sí, a partir de la entrada en vigor del nuevo decreto y de acuerdo con su artículo 9, estás obligado/a a relacionarte por medios electrónicos para cualquier trámite de las listas y bolsas de empleo temporal.
- Listas de personal temporal (oferta de empleo público).
- Bolsas de trabajo de personal temporal (convocatoria pública).
- Oferta genérica de empleo solicitada al Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias (SEPEPA).
En el caso de las listas, el orden de prelación vendrá dado por los siguientes criterios:
- Mayor número de pruebas superadas.
- Mayor nota.
- Mayor nota en la última prueba no superada.
En caso de empate se seguirán los siguientes criterios:
- Más experiencia en el correspondiente cuerpo o escala de personal funcionario o categoría de personal laboral de esta Administración.
- Más edad.
Volverás a ocupar la posición que te correspondía en la lista o bolsa una vez finalizado tu nombramiento o contrato.
Tienes que enviar un correo electrónico a bolsaempleotemporal@asturias.org indicando:
- Tus datos personales.
- A qué listas o bolsas perteneces.
- Tu nuevo número de teléfono.
Ayuntamientos
No, puedes rechazarlo y quedarás como "Disponible" en la lista o bolsa, sin que tengas que solicitar el alta de nuevo. En todo caso, debes tener en cuenta que si rechazas ese puesto, por no ser ofertas obligatorias, no se te volverán a hacer ofertas para ningún ayuntamiento.
Sí, deberás solicitar el tu reincorporación en la lista o bolsa desde la que se te llamó dentro de los 15 días siguientes al de tu aceptación, adjuntando tu vida laboral, ya que tras la llamada quedarás como "No disponible".
Si el nombramiento o contrato no se firmó por una causa ajena a ti, se te volverá a llamar para este tipo de puestos, mientras que si la firma no se llevó a cabo por decisión tuya, no se te volverán a ofrecer puestos para ayuntamientos.
Sí, puedes renunciar cuando quieras. En todo caso, debes tener en cuenta que si renuncias a ese puesto, no se te volverán a hacer ofertas para ningún ayuntamiento.
En este caso, deberás solicitar la reincorporación en la lista o bolsa correspondiente, adjuntando tu vida laboral, dentro de los 15 días siguientes al de tu renuncia.
No, solo se te llamará para puestos de ayuntamientos en el caso de que no estés trabajando en la Administración del Principado, aunque el puesto del ayuntamiento sea de superior cuerpo, escala o categoría. Tampoco se te harán ofertas para ayuntamientos si estás en periodo de inactividad de un contrato FD en la Administración del Principado.
No, en esa lista o bolsa aparecerás como "no disponible" hasta que tú solicites el alta por haber finalizado o renunciado a tu nombramiento o contrato en el Ayuntamiento.
Compatibilidad
Si ya desarrollas una actividad en el ámbito privado por cuenta ajena o por cuenta propia y deseas compatibilizarlo con nuestra oferta, debes decírnoslo en el momento de la llamada.
Antes de firmar el nombramiento o contrato, deberás haber solicitado el reconocimiento de compatibilidad. Puedes hacerlo a través de este enlace, donde figura toda la información junto con la solicitud normalizada y documentación que debes presentar:
Reconocimiento de compatibilidad para ejercer actividades privadas
Como en el caso anterior, antes de firmar el nombramiento o contrato, deberás solicitar la autorización compatibilidad a la Inspección General de Servicios. En este caso, el enlace es el siguiente:
Autorización de compatibilidad en puestos de sector público
Ante cualquier duda o aclaración, llama a la Inspección General de Servicios al teléfono 985109389 o escribe a inspecciongeneraldeservicios@asturias.org
En ese caso tienes dos opciones:
- Aceptar nuestra oferta y firmar el nombramiento o contrato, una vez hayas renunciado a tus otras actividades públicas o privadas.
- Rechazar nuestra oferta y justificar el rechazo con tu otra actividad.
Contrato Fijo Discontinuo (FD)
No necesariamente. Las fechas de actividad te las comunicará tu Consejería al inicio de cada temporada.
Con respecto a esta Administración, durante los periodos de inactividad, tu contrato pasará a estar en suspenso.
No, no tienes ninguna obligación. No obstante, si lo deseas, puedes solicitar el alta en cualquier momento a partir del día siguiente al de la finalización de la temporada. En este caso, tienes las mismas obligaciones que el resto de integrantes de las listas o bolsas.
No, no tienes ninguna obligación de solicitar el alta. En todo caso, si continúas en periodo de inactividad y, quieres comunicar tu disponibilidad para nuevos contratos antes del inicio de la siguiente temporada, puedes hacerlo en cualquier momento.
Cuando tengas una vacante FD y fuera de temporada estés trabajando en la Administración del Principado de Asturias en un puesto de la misma categoría.
Sí, pero en este caso deberás elegir una de ellas en el momento de la llamada.
Puedes elegir entre:
- Quedarte con la vacante inicial FD. En este caso, no se te excluirá de ninguna lista o bolsa.
- Quedarte con la nueva vacante que se te ofrece (puede ser FD o normal). En este caso puede ocurrir que la nueva vacante sea:
- de la misma categoría profesional que la vacante FD (por ejemplo, vacante auxiliar educador FD – vacante auxiliar educador), sin que suponga la exclusión de ninguna lista o bolsa. En este caso, deberás renunciar de forma expresa a la vacante inicial FD.
- del mismo grupo profesional y distinta categoría profesional que la vacante FD (por ejemplo, vacante auxiliar educador FD – vacante auxiliar administrativo), en cuyo deberás renunciar de forma expresa a la vacante inicial FD y se te excluirá de la lista o bolsa desde la que se te llamó para dicha vacante.
- de inferior categoría profesional que la vacante FD (por ejemplo, vacante titulado grado medio educador FD – vacante auxiliar educador), en cuyo deberás renunciar de forma expresa a la vacante inicial FD y se te excluirá de la lista o bolsa desde la que se te llamó para dicha vacante.
- de superior categoría profesional que la vacante FD (por ejemplo, vacante auxiliar educador FD – vacante titulado grado medio, educador), en cuyo deberás renunciar de forma expresa a la vacante inicial FD, sin que suponga la exclusión de ninguna lista o bolsa.
Puedes elegir entre:
- Quedarte con el contrato inicial FD. En este caso, no se te excluirá de ninguna lista o bolsa, debiendo presentar la renuncia al puesto de trabajo que estás desempeñando actualmente para poder reincorporarte a la nueva temporada del contrato FD.
- Quedarte con el puesto de trabajo que estás desempeñando actualmente. En este caso, puede ocurrir que este contrato sea:
- de la misma categoría profesional que el contrato FD (por ejemplo, auxiliar educador FD – auxiliar educador):
- Si tu contrato inicial FD es una vacante: tendrás que solicitar la suspensión de la totalidad de la temporada, sin que suponga la exclusión de ninguna lista o bolsa, ni la pérdida del contrato FD. Puedes suspender tantas temporadas como sean necesarias.
- Si tu contrato inicial FD no es una vacante: tendrás que renunciar de forma expresa al contrato FD y se te excluirá de la lista o bolsa desde la que se te llamó para dicho puesto.
- del mismo grupo profesional y distinta categoría profesional que el contrato FD (por ejemplo, auxiliar educador FD – auxiliar administrativo) en cuyo caso deberás renunciar de forma expresa al contrato FD y se te excluirá de la lista o bolsa desde la que se te llamó para dicho puesto.
- de inferior categoría profesional que el contrato FD (por ejemplo, titulado grado medio educador FD – auxiliar educador) en cuyo caso deberás renunciar de forma expresa al contrato FD y se te excluirá de la lista o bolsa desde la que se te llamó para dicho puesto.
- de superior categoría profesional que el contrato FD (por ejemplo, auxiliar educador FD – titulado grado medio, educador) en cuyo caso deberás renunciar de forma expresa al contrato FD y no se te excluirá de la lista o bolsa del contrato FD.
- de la misma categoría profesional que el contrato FD (por ejemplo, auxiliar educador FD – auxiliar educador):
Exclusiones
- Exclusión temporal, que dura 2 meses.
- Exclusión definitiva.
Cuando no solicites tu reincorporación a la lista o bolsa correspondiente en el plazo de 15 días hábiles desde:
- el día siguiente al de la finalización de tu nombramiento o contrato temporal.
- el día siguiente al de no haber contestado a las dos llamadas de teléfono.
- el día siguiente al de la finalización de cualquier otra causa que haya supuesto tu suspensión en la lista o bolsa.
Dicha exclusión empezará a contar desde tu solicitud de reincorporación.
- Cuando renuncies de forma expresa a la condición de integrante de la lista o bolsa.
- Cuando rechaces de forma expresa la oferta de trabajo sin causa justificada.
- Cuando no firmes el nombramiento o contrato o, una vez firmado, no te incorpores a tu puesto de trabajo sin causa justificada.
- Cuando no prestes tu consentimiento expreso e inequívoco para el tratamiento automatizado de los datos de carácter personal necesario para la gestión de las listas y bolsas.
- Cuando en el momento de tu reincorporación no justifiques el rechazo de la última oferta de trabajo.
- Cuando no solicites tu reincorporación en la lista o bolsa correspondiente en 15 días hábiles desde el día siguiente al de la finalización de una exclusión temporal.
- Cuando no superes 2 periodos de prueba en distintos centros si eres personal laboral, o cuando seas removido de un puesto de trabajo no singularizado como personal funcionario. Si se te remueve de un puesto singularizado, no se te excluirá de la lista o bolsa, pero no se te volverán a ofertar puestos singularizados desde esa lista o bolsa.
- Cuando se te haya excluido temporalmente 3 veces.
- Cuando renuncies a tu nombramiento o contrato, salvo que se den estos casos:
- Que sea para incorporarte a un puesto de superior cuerpo, escala o categoría en la Administración del Principado de Asturias, Junta General, SESPA o Universidad de Oviedo.
- Que sea un nombramiento o contrato con una jornada igual o inferior al 50%, hayan transcurrido 3 meses desde tu incorporación y no hayas elegido la zona como preferente para tiempo parcial.
- Que sea un nombramiento o contrato con una jornada igual o inferior al 50%, haya transcurrido 1 año desde tu incorporación y hayas elegido esa zona como preferente para tiempo parcial.
- Que tu puesto de trabajo esté a más de 70 kilómetros de tu domicilio en el momento de la llamada o que te suponga más de 45 minutos en coche y hayan pasado más de 3 meses desde tu incorporación.
Firma electrónica de nombramientos y contratos
Sí, a partir de la entrada en vigor del Decreto 115/2025, de 6 de noviembre, deberás firmar telemáticamente, sin que tengas que desplazarte a la Sección de Personal Temporal para realizar ningún trámite.
Deberás contar con un certificado digital, así como tener instalada en tu dispositivo electrónico la aplicación Autofirma:
Soporte técnico de la FNMT, donde encontrarás toda la información y solución a cualquier problema.
Tienes todas las indicaciones de cómo hacerlo en el siguiente vídeo.
Debes ponerte en contacto con la Sección de Personal Temporal antes de firmar, llamando al 985 105 372.
No, a partir del día siguiente al de tu firma lo podrás consultar o descargar en el apartado Firma electrónica>Firmas realizadas y rechazadas, disponible en Tú área personal, disponible en la parte superior derecha de miPrincipado.
Habilitación
Las titulaciones y certificados válidos están regulados en la Resolución de 1 de diciembre de 2017, de la Consejería de Servicios y Derechos Sociales (BOPA 20/12/2017).
En el caso de que tu título incluya un código CSV o hayas descargado el justificante de tu titulación de Mi Carpeta Ciudadana, puedes enviarlo a la Sección de Personal Temporal (DG de Empleo Público), por medio de una solicitud genérica desde la sede electrónica. Si, por el contrario, la titulación está en formato papel, deberás presentar el título original en una Oficina de asistencia en materia de registro dirigido a la mencionada unidad administrativa.
A partir del día siguiente al de la recepción.
Justificación
Deberás justificarlo en el momento en el que solicites la reincorporación a la lista o bolsa.
No, deberá haber finalizado tu contrato, nombramiento o cualquier otra causa por la que hayas rechazado la oferta.
Medios de contacto
Por medio de llamada de teléfono, correo electrónico o SMS.
El SMS será enviado a través de GobAstur y como remitente figurará "Personal temporal PA".
Mejora de empleo
Sí, pero sólo cuando lleves al menos 1 año en tu actual nombramiento o contrato. En el caso de que aceptes la oferta deberás renunciar de forma expresa al que actualmente ocupas.
Una vez que se pase por tu número de orden, quedarás como No Disponible y podrás solicitar tu reincorporación en dicha lista o bolsa una vez que cumplas un año en tu nombramiento o contrato.
Si cesas antes de cumplir dicho plazo, deberás solicitar tu reincorporación en el plazo ordinario de 15 días hábiles.
Se te podrán ofertar nombramientos o contratos de duración cierta igual o superior a 6 meses o vacantes. No se te ofertarán contratos relevo, con independencia de su duración, ni puestos en otras Administraciones.
En este caso, no tienes un plazo para solicitar tu reincorporación, puedes hacerlo en cualquier momento a partir del día siguiente al de la oferta.
Ofertas de trabajo
Te efectuarán dos llamadas de teléfono en un mismo día, con un lapso de tiempo de 20 minutos, como mínimo, entre la primera llamada y la segunda. No obstante, este plazo se podrá reducir, excepcionalmente y por necesidades del servicio, por el centro gestor. Los datos resultantes de las llamadas se publicarán diariamente.
Aparecerás como No disponible y se pasará al siguiente aspirante de la lista o bolsa. No obstante, si contactas telefónicamente con la sección de personal a lo largo de la misma mañana, se te ofertarán los puestos que queden disponibles.
Si no devuelves la llamada o de hacerlo, si no hay ofertas disponibles, tienes un plazo de 15 días para solicitar tu reincoporación en la lista o bolsa correspondiente desde el día siguiente.
Se te ofertarán todas las contrataciones o nombramientos correspondientes a tu lista o bolsa y a tus zonas de adscripción.
Sí, por cuestiones de calidad, podrán grabar las llamadas realizadas y recibidas vinculadas a las ofertas de trabajo.
Aparecerá un número de centralita, y debido a la prestación de servicios bajo la modalidad de teletrabajo, podrán figurar también como llamadas desde número privado o número oculto.
- Desestima se utiliza cuando no aceptas la oferta por estar trabajando en la Administración del Principado en un cuerpo, escala o categoría inferior. Puedes darte de alta a partir del día siguiente al de la llamada y no tienes que justificar la no aceptación.
- Rechaza se utiliza cuando no aceptas la oferta por cualquier otro motivo, incluido estar trabajando en la empresa privada o en otra Administración. Tienes que justificar dicho rechazo.
Aparecerás como preferente cuando, por causas ajenas a ti, el nombramiento o contrato no llegue a materializarse o, una vez materializado, sea anulado, siempre que se de alguno de estos casos:
- que se hayan realizado llamamientos posteriores y hayas perdido la posibilidad de aceptar alguna oferta.
- que hayas renunciado a un puesto fuera de esta administración para aceptar el nombramiento o contrato anulado. En este caso, deberás justificarlo.
Quedarás preferente por una sola vez y sólo para la misma zona del nombramiento o contrato anulado.
No, pero si tu puesto de trabajo está a más de 70 kilómetros de tu domicilio o te supone más de 45 minutos en coche, podrás renunciar al puesto sin penalización si pasaron más de 3 meses desde tu incorporación.
Se considera domicilio el que constaba en el momento en el que aceptaste el nombramiento o contrato.
Primer nombramiento o contrato con la administración del Principado de Asturias
- Si es un nombramiento o contrato para alguna de las Consejerías del Principado de Asturias, deberás enviar los siguientes documentos al correo electrónico nominas_funcionariosylaborales@asturias.org
- Comunicación de datos al pagador sobre IRPF:
- Ficha de datos personales y bancarios:
- Si es un nombramiento o contrato para un Organismo Autónomo del Principado de Asturias, no tendrás que enviar dicha documentación.
Reincorporación
No, todos los integrantes estarán disponibles para ser llamados al inicio de dicha lista o bolsa.
En el caso de que una lista sea utilizada de forma provisional con anterioridad a la toma de posesión, tampoco será necesario solicitar la reincorporación cuando aquella entre en vigor.
Tienes un plazo de 15 días hábiles desde:
- el día siguiente al de la finalización de tu nombramiento o contrato temporal.
- el día siguiente al de no haber contestado a las dos llamadas de teléfono.
- el día siguiente al de la finalización de tu exclusión temporal.
- el día siguiente al de la finalización de cualquier otra causa que haya supuesto tu suspensión en la lista o bolsa.
Se te excluirá temporalmente de la lista o bolsa durante un plazo de 2 meses, a contar desde el día en el que solicites la reincorporación.
No, las listas de OEP son prioritarias y las bolsas de CP y Llamamientos previos son supletorias.
Por tanto, si estás en listas de OEP y bolsas de CP o Llamamientos previos del mismo cuerpo, escala o categoría, solo deberás solicitar tu reincorporación en la lista de OEP, ya que desde las otras dos bolsas nunca se te va a llamar, a excepción de que estés excluido/a en la lista de OEP.
Por ejemplo, si estás en la lista del Cuerpo de Gestión OEP 2016 y en la bolsa de Gestión CP 2009, solo deberás solicitar tu reincorporación en la primera, ya que en la segunda aparecerás como “OEP 2016”.
Entrando en la sede electrónica y seleccionando el servicio “Reincorporación en listas/bolsas” con código RRHH0092T03
Para acceder al servicio podrás utilizar tanto el certificado electrónico, como el sistema Clave.
No, podrás seleccionar más de una lista o bolsa en la misma solicitud, de modo que la documentación adjunta será común para todas ellas.
- Si tu nombramiento o contrato finalizó en la Administración del Principado de Asturias o sus Organismos Autónomos, no tienes que adjuntar ninguna documentación, a excepción del SESPA.·
- Si tu nombramiento o contrato finalizó en otra Administración pública, incluido el personal docente de esta comunidad autónoma, el SESPA o empresa privada, tienes que adjuntar tu vida laboral actualizada.
- Si eras autónomo, tienes que adjuntar tu vida laboral actualizada.
- Si estabas de baja médica tienes que adjuntar el parte de alta médica.
- En cualquier otro caso tienes que adjuntar los documentos justificativos, con indicación de la causa.
Sí, pero debes tener en cuenta que cualquier solicitud enviada un día festivo o fin de semana, se considerará enviada el siguiente día hábil.
- Si envías tu solicitud un día hábil, aparecerás como disponible el primer día hábil siguiente. Por ejemplo, si la envías un lunes, aparecerás como disponible el martes.
- En cambio, si la envías un día inhábil, aparecerás como disponible el segundo día hábil siguiente. Por ejemplo, si la envías un sábado, se considerará enviada el lunes y aparecerás como disponible el martes.
En el caso de que tu solicitud estuviera incompleta, se aplicarán a la subsanación los mismos criterios indicados anteriormente para las solicitudes. Por ejemplo, si se te requiere la subsanación el martes y lo subsanas ese mismo día, aparecerás como disponible el miércoles.
Puedes consultar en todo momento tus solicitudes de reincorporación accediendo a Tu área personal de la sede electrónica, siguiendo esta ruta: Consultar anotaciones > Elegir el procedimiento que desees consultar > Datos del formulario > Ver documento
Si tu solicitud de reincorporación es correcta, aparecerás como Disponible en la publicación que se haga de la lista o bolsa al día siguiente hábil.
No, debes comprobarlo tú mismo/a consultando la publicación de dichas listas o bolsas.
Renuncia expresa
Debes presentarla por registro electrónico, dirigida a tu SGT u órgano de personal de tu Organismo Autónomo, utilizando el siguiente formulario: Formulario de renuncia expresa (pdf: 1 Mb)
Zonificación
- ZONA 1: Boal, Castropol, Coaña, El Franco, Grandas de Salime, Illano, Navia, Pesoz, San Martín de Oscos, San Tirso de Abres, Santa Eulalia de Oscos, Tapia, Taramundi, Valdés, Vegadeo, Villanueva de Oscos, Villayón.
- ZONA 2: Allande, Cangas del Narcea, Degaña, Ibias, Tineo.
- ZONA 3: Belmonte de Miranda, Candamo, Grado, Proaza, Quirós, Salas, Santo Adriano, Somiedo, Teverga, Yernes y Tameza.
- ZONA 4: Avilés, Castrillón, Corvera de Asturias, Cudillero, Illas, Muros del Nalón, Pravia, Soto del Barco.
- ZONA 5: Caravia, Carreño, Colunga, Gijón, Gozón, Villaviciosa.
- ZONA 6: Cabranes, Llanera, Nava, Noreña, Oviedo, Piloña, Las Regueras, Ribera de Arriba, Sariego, Siero.
- ZONA 7: Aller, Lena, Mieres, Morcín, Riosa.
- ZONA 8: Bimenes, Caso, Langreo, Laviana, San Martín del Rey Aurelio, Sobrescobio.
- ZONA 9: Amieva, Cabrales, Cangas de Onís, Llanes, Onís, Parres, Peñamellera Alta, Peñamellera Baja, Ponga, Ribadedeva, Ribadesella.
Tienes 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de las notas del primer ejercicio o primera prueba, si se compone de varias.
Sí, podrás optar con carácter preferente a contratos o nombramientos a tiempo parcial, siempre y cuando estos tengan una jornada igual o inferior al 50%. No estarán incluidos en dicha preferencia los contratos relevo.
- Para contratos o nombramientos con una jornada superior al 50%: se te incluirá en todas las zonas.
- Para contratos de igual o inferior jornada al 50%: no se te incluirá en ninguna zona como preferente.
Ten en cuenta que, en las listas o bolsas de enfermeros/as y fisioterapeutas también deberás elegir las zonas específicas para el ERA.
- Si te corresponde ser llamado por orden ordinario, se te ofertarán todos los puestos disponibles.
- Si no te corresponde ser llamado por orden ordinario, solo se te ofertarán los puestos de jornada igual o inferior al 50%.
No, el plazo de solicitud para el cambio de zonas es del 1 al 15 de febrero de cada año, surtiendo efectos a partir del 1 de marzo del año corriente.
Si no quieres realizar ningún cambio respecto a tus zonas actuales no tienes que presentar ninguna solicitud.
Entrando en la sede electrónica y seleccionando el servicio “Zonificación de las listas y bolsas de empleo temporal” con código RRHH0092T02
Para acceder al servicio podrás utilizar tanto el certificado electrónico, como el sistema Clave.
Puedes consultar en todo momento las zonas solicitadas accediendo a “Tu área personal” de la sede electrónica siguiendo esta ruta:
“Consultar anotaciones” - Elegir la anotación correspondiente - En el apartado Documentos relacionados ir a Datos del formulario - Ver documento.