Dermatosis nodular contagiosa de los bóvidos (DNC)

Ficha de la enfermedad

La dermatosis nodular contagiosa de los bóvidos (DNC) (LSD (Lumpy Skin Disease) en sus siglas en inglés), es una enfermedad no zoonósica, es decir, las personas no son susceptibles a la infección ni por contacto con los animales ni por ingestión de productos derivados de ellos.

  • Está causada por un virus de la familia Poxviridae, género Capripoxvirus.
  • Transmisión: su vía de transmisión principal es a través de vectores (moscas, mosquitos) pero también es posible la transmisión directa por contacto con animales enfermos, e indirecta por contacto con materiales contaminados, transmisión seminal o intrauterina. El transporte de ganado juega un papel importante en la difusión de la enfermedad a largas distancias.
  • Período de incubación: 4-14 días.
  • Es una enfermedad de categoría A en la UE, por lo que resulta obligatorio adoptar las medidas precisas para lograr su erradicación.
  • Enfermedad de declaración obligatoria según el Real Decreto 779/2023.
  • LNR: Laboratorio Central de Veterinaria de Algete.

La enfermedad tiene importancia económica porque causa un elevado descenso en la producción, particularmente en vacas de leche.

 

Sospecha de DNC en una explotación

Los síntomas a los que hay que prestar especial atención son:

  • Fiebre (40-41,5 ºC) transitoria o hasta de 2 semanas de duración.
  • Tumefacciones o nódulos en la piel, de 1 a 5 cm. de diámetro o más, que con mucha frecuencia se generalizan.
  • Abatimiento, anorexia, salivación excesiva, secreción óculo nasal, agalaxia y emaciación.
  • Nódulos dolorosos, en particular en la piel del hocico, en los ollares, el dorso, las patas, el escroto, el periné, los párpados, la base de las orejas, la mucosa oral y la cola. Los nódulos afectan a toda la piel, el tejido subcutáneo y algunas veces la musculatura.
  • Durante la enfermedad los nódulos pueden volverse necróticos y algunas veces se forman costras de gran grosor.
  • Cojera provocada por la inflamación y necrosis de los tendones y por edema agudo en el pecho y en las patas.
  • Los ganglios linfáticos superficiales que drenan las zonas de la piel infectada pueden multiplicar su tamaño normal de cuatro a diez veces.
  • Pueden producirse complicaciones secundarias como la aparición de infección bacteriana de los pezones, que puede provocar una mastitis grave y la pérdida del cuarto, la aparición de infección bacteriana del tendón y de la articulación que puede provocar una cojera permanente, o aborto e infección intrauterina y puede producirse una esterilidad pasajera en los toros y las vacas.

Ante la presencia de cualquiera de esos síntomas en algún animal de la explotación realizar la notificación inmediata a los servicios veterinarios oficiales. La detección precoz resulta crítica para reducir el impacto en caso de entrada de la enfermedad.  

Medidas de vigilancia/prevención para minimizar el riesgo de entrada de la enfermedad en el Principado de Asturias

Resolución de 28 de enero de 2026, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se adoptan medidas cautelares frente a la Dermatosis Nodular Contagiosa (DNC) en el Principado de Asturias

Instrucción sobre medidas de bioseguridad, control de vectores y vigilancia sanitaria accesorias frente a la DNC en la especie bovina

Lista de insecticidas de uso en entorno ganadero

  1. Se suspende hasta el 29 de marzo de 2026 (inclusive) todas las ferias, concursos, certámenes, subastas, mercados y cualquier evento o concentración de animales de la especie bovina en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias permitiendo la celebración de dichos eventos para el resto de especies, salvo la prohibición establecida para las aves por la Orden APA/1288/2025, de 11 de noviembre, en tanto en cuanto la misma esté vigente.

  2. Se suspende la autorización del Mercado Nacional de Ganados de Pola de Siero como mercado nacional de ganado hasta el día 29 de marzo de 2026 (inclusive).

  3. El plazo señalado en los apartados previos podrá modificarse mediante Resolución expresa en función de la evolución epidemiológica de la enfermedad.

  4. Se adopta la medida cautelar de cuarentena de 21 días para todos los animales de especies sensibles pertenecientes a la explotación ganadera que reciba animales procedentes de zonas consideradas de riesgo respecto a la Dermatosis Nodular Contagiosa por la Dirección General de Ganadería de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria. Esta medida incluirá la desinsectación obligatoria de todos los animales de las especies sensibles ubicadas en las instalaciones tras la llegada de dichos animales de zonas de riesgo.

  5. Siempre extremar las medidas de bioseguridad en todas las explotaciones de ganado vacuno y en el transporte de animales, con especial atención a las medidas de desinsectación. Se recomienda tratar tanto a los animales como a las instalaciones y vehículos con productos autorizados y registrados para este uso, anotando su aplicación en los registros correspondientes y prestando especial atención a los periodos de supresión.

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¿Cómo se combate la enfermedad una vez confirmada?

Vaciado Sanitario: Se aplica en las explotaciones infectadas. También deben ser eliminados de forma adecuada a fin de evitar la dispersión del virus todos los productos que hayan estado en contacto con los animales. Aquellos elementos que no puedan ser eliminados (p.ej. herramientas y maquinaria), deben ser sometidos a una profunda limpieza y desinfección para evitar el riesgo de diseminación del virus.

Zona de restricción: Se establece cuando se confirma lo positivo de un caso de DNC en una explotación. En esta zona se lleva a cabo una investigación para descartar la presencia de enfermedad en otros rebaños y se aplican una serie de prohibiciones y restricciones para minimizar el riesgo de propagación. Dentro de esta zona, los primeros 28 días se establecen dos subzonas diferenciadas: la zona de protección (de 0 a 20 km alrededor del foco) y la zona de vigilancia (de 20 a 50 km alrededor del foco). En una segunda fase, que se activa a partir del día 29, si no se confirman nuevos casos, la zona de vigilancia se extiende de 0 a 50 km del foco. La zona de restricción concluye el día 45.

En el caso de Cataluña Zonas de protección y de vigilancia establecidas en torno al brote confirmado en Girona (Decisión de Ejecución (UE) 2025/2248 de la Comisión, de 4 de noviembre de 2025, relativa a determinadas medidas de emergencia en relación con la infección por el virus de la dermatosis nodular contagiosa en España).

Medidas relativas al control de rendimiento lechero.

Vacunación: Según la normativa vigente, la vacunación solo puede implementarse de forma excepcional y previa autorización por la Comisión Europea del plan de vacunación correspondiente, el cual se limitará a la zona afectada. Por tanto:

  • Para el diseño e implementación del plan de vacunación de urgencia se seguirá el siguiente Protocolo.
  • Solo el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación puede adquirir y suministrar las vacunas a las autoridades competentes de las CCAA para llevar a cabo campañas de vacunación en las zonas autorizadas. En territorios no afectados la vacunación no es posible.
  • Está prohibido aplicar vacunas no autorizadas o realizar campañas de vacunación no oficiales. El uso, posesión o aplicación de vacunas no autorizadas es una infracción muy grave que puede conllevar importantes sanciones e incluso responsabilidad penal.

Documentación de referencia:

 

 

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Incidencia de la DNC en relaciones comerciales internacionales

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Situación de la enfermedad

En relación a la situación de la enfermedad, el MAPA publica periódicamente en su portal, notas de actualización que pueden consultarse en: Dermatosis nodular contagiosa