Lengua azul en Asturias
Enfermedad de declaración obligatoria.
Ficha de la enfermedad
La lengua azul es una enfermedad vírica que afecta a rumiantes, tanto domésticos como silvestres, y que se transmite por la picadura de ciertas especies de mosquito. La especie ovina es la más afectada normalmente, mientras que el bovino y el caprino no suelen mostrar ningún signo clínico de la enfermedad y pueden actuar como portadores.
El periodo de incubación es de 5 a 10 días.
No es una zoonosis, es decir, no se transmite a las personas por lo que es seguro consumir leche, carne y sus derivados. Tampoco se establecen restricciones de movimiento a las explotaciones con casos, solo al animal afectado.
Laboratorio nacional de referencia: Laboratorio Central de Veterinaria de Algete.
Protocolo de actuación en el principado de Asturias
Asturias es zona sin estatus de acuerdo a lo establecido en la Resolución de 12 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agroalimentaria y Bienestar Animal, por la que se aplica la Orden APA/229/2025, de 10 de marzo, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul.
Se aplica una estrategia de protección clínica basada en la vacunación voluntaria de los animales susceptibles a la enfermedad y eliminando asimismo la obligación de que los animales objeto de movimiento dentro de esta zona deban haber sido vacunados previamente frente a los serotipos presentes.
Recomendaciones para prevenir la enfermedad
Que los animales estén a cubierto, especialmente en las horas de máxima actividad del vector (amanecer y atardecer).
- Que el alojamiento de los animales se realice en recintos que dispongan de mallas con diámetro de paso igual o inferior a 5 mm en ventanas, puertas y otras posibles aberturas, impregnando estas mallas con insecticidas que tengan además efecto repelente.
- Desinsectación: Se recomienda a ganaderos y ganaderas que lleven a cabo la desinsectación de los animales (debe ser anotada en el libro de tratamientos de la explotación indicando el crotal del animal desinsectado), con una frecuencia de rociado ajustada a la duración de la efectividad del producto utilizado, respetando en todo momento las condiciones de bienestar animal y el empleo de insecticidas y repelentes en medios de transporte e instalaciones, así como el uso de insecticidas y larvicidas para el control de las posibles zonas de cría.
Consulta la lista de productos autorizados por el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación.
Condiciones de movimiento pecuario de bovinos y ovinos dentro de España
Para los movimientos nacionales, las normas aplicables a los movimientos de animales de las especies sensibles a la lengua azul y de su esperma, óvulos y embriones, están establecidas en la Orden APA/229/2025 por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul.
Las condiciones relativas a la lengua azul para los bovinos y ovinos con destino a España desde un Estado miembro o una zona no indemne de lengua azul, de acuerdo al artículo 43 del Reglamento Delegado 2020/689, de 17 de diciembre de 2019, se pueden encuentran descritas en el siguiente protocolo.
Las condiciones establecidas por el resto de Estados Miembros se pueden encontrar en el siguiente enlace: Bluetongue (europa.eu).
Vacunación
La vacunación se considera la principal herramienta en el control de la enfermedad, al evitar la circulación del virus de la Lengua Azul.
La Consejería de Medio Rural y Política Agraria llevará a cabo una campaña de vacunación gratuita frente a los serotipos 4 y 8 de Lengua azul de todos los animales mayores de tres meses pertenecientes a las especies ovina y bovina en todo el territorio del Principado de Asturias, exceptuándose:
- Los animales elegidos como centinelas de las explotaciones centinelas y explotaciones de trato.
- Los animales vacunados por veterinario clínico por decisión y a cargo del titular de la explotación. En este caso, deberá informar al Servicio de Sanidad y Producción Animal de la Dirección General de Ganadería y Sanidad Agraria adjuntando el modelo de vacunación una vez puesta la segunda dosis (en el caso de bovinos) y firmado por el ganadero y el veterinario clínico (el modelo para informar de la vacunación puede solicitarse en las oficinas comarcales).
- Los animales con síntomas compatibles con la enfermedad, dando aviso inmediato al responsable correspondiente.
Es posible posponer la vacunación de determinados animales por diversas circunstancias como pueden ser el estar gestantes, reacciones alérgicas previas o animales enfermos. En este caso, la vacunación posterior de esos animales no será gratuita al no estar dentro de la campaña de vacunación y corriendo la gestion a cargo del titular de la explotación.
Actuación ante sospecha de reacción adversa a la vacuna
La sospecha de una reacción adversa tras la aplicación de la vacuna de la lengua azul, al igual que con cualquier otro medicamento veterinario, debe ser notificada a través del "Sistema Español de Farmacovigilancia de Medicamentos Veterinarios" por todos los profesionales veterinarios que tengan conocimiento de ella durante su práctica habitual.
La comunicación de una sospecha de reacción adversa debe ser realizada a través de un formulario denominado tarjeta verde que, una vez cumplimentado, debe ser remitido a la AEMPS (Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios), bien por medio de correo electrónico, fax o correo postal. Asimismo, tanto el informe del veterinario clínico como la justificación de la comunicación al sistema de farmacovigilancia se presentarán en las Oficinas Comarcales Agrarias del Principado de Asturias para su registro y constancia.
Puede encontrar más información sobre farmacovigilancia de medicamentos veterinarios en la página web de la AEMPS
Pruebas PCR
Las muestras (sangre con anticoagulante EDTA) las tomarán los veterinarios clínicos, remitiéndolas al Laboratorio de Sanidad Animal de Jove con certificado oficial colvet numerado (nº identificación oficial del animal solicitando PCR Lengua Azul e indicando así mismo la fecha de toma de muestra y la fecha de desinsectación previa que habrá de ser mínimo 14 días antes). Las muestras pueden conservarse y enviarse a temperatura ambiente si llegan al laboratorio el mismo día de la toma de muestras. Para plazos de entrega superiores (que no deben superar las 72 horas) las muestras se mantendrán y enviarán refrigeradas. Los tubos deben ir correctamente identificados y ordenados en una gradilla de poliestireno (o similar). Las tasas del Laboratorio de Sanidad Animal del Principado de Asturias están bonificadas al 100%.
Mas información
Para mayor información, consultar a los Servicios Veterinarios Oficiales de las Oficinas Comarcales o Servicios Centrales en Oviedo de la Dirección General de Ganadería, Consejería de Medio Rural y Política Agraria
- Programa nacional de vigilancia, control y erradicación de la lengua azul en España 2024
- Información sobre la lengua azul publicada en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
- Consulta las notificaciones de enfermedades de los animales de declaración obligatoria
- Nota de prensa: Medio Rural organiza una campaña masiva, obligatoria y gratuita de vacunación del ganado al confirmar dos casos de lengua azul en una explotación de Gijón