Ayudas de la PAC 2023-2027
Consulta de derechos de ayuda básica a la renta
El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), ha habilitado en su web un nuevo enlace en el que se puede consultar la información relativa a los derechos provisionales de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad asignados a cada productor, incorporando la nueva senda de convergencia desde 2023 hasta 2027.
Información en este enlace: Consulta de derechos de ayuda básica a la renta
Líneas de ayuda
Puedes obtener toda la información sobre estas ayudas y cómo tramitarlas consultando las fichas de información pública:
- Ayudas en el marco de la PAC para explotaciones agrarias de montaña
- Ayuda asociada para la producción sostenible de leche de oveja y cabra
- Ayuda asociada para los ganaderos extensivos de vacuno de carne
- Ayuda asociada para el engorde de terneros en la explotación de nacimiento
- Ayuda asociada a la producción sostenible de proteínas de origen vegetal. Plan Proteíco
- Ayudas en el marco de la PAC para explotaciones que se dedican a la cría de animales de razas autóctonas puras en peligro de extinción
- Ayuda básica a al renta para la sostenibilidad
- Ecorrégimen de Agricultura de carbono y agroecología: Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de pastos
- Ayuda asociada para la producción sostenible de leche de vaca
- Ayuda asociada para los ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y caprino de carne
- Ayuda asociada para el engorde sostenible de terneros
- Ayudas en el marco de la PAC para la adopción/mantenimiento de prácticas de ganadería ecológica
- Ayudas en el marco de la PAC para explotaciones apícolas
- Ayudas en el marco de la PAC para espacios agrícolas de la Red Natura 2000
- Ayudas en el marco de la PAC para plantaciones de manzano
- Ayudas en el marco de la PAC, Ecorrégimen de agricultura de carbono y agroecología: Rotación de cultivos y siembra directa en tierras de cultivo de secano húmedo
- Ayudas en el marco de la PAC, Ecorrégimen de agricultura de carbono: Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos
- Ayudas en el marco de la PAC, Ecorrégimen de agroecología: Espacios de biodiversidad
Modificación de la declaración de parcelas
Sistema de gestión de ayudas (SGA)
Aplicaciones móviles (app) SGA
Condicionalidad reforzada
La condicionalidad es el conjunto de obligaciones (requisitos legales de gestión (RLG) y buenas condiciones agrícolas y medioambientales (BCAM)) que las explotaciones con una superficie agrícola declarada superior a 10 hectáreas deben cumplir para poder cobrar las ayudas de la Política Agraria Común (PAC).
Normativa reguladora:
Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de Opciones Específicas por la Lejanía y la Insularidad (POSEI).
Buenas condiciones agrarias y medioambientales (BCAM)
- BCAM 1 - Mantenimiento de los pastos permanentes.
- BCAM 2: Protección de humedales y turberas.
- BCAM 3: Prohibición de quema de rastrojos, excepto por razones fitosanitarias.
- BCAM 4: Creación de franjas de protección en los márgenes de los ríos.
- BCAM 5: Gestión de la labranza, reduciendo el riesgo de degradación y erosión del suelo, lo que incluye tener en cuenta la inclinación de la pendiente.
- BCAM 6: Cobertura mínima del suelo para evitar suelos desnudos en los períodos más sensibles.
- Particularidad Asturias:
- En tierras de barbecho se realizarán prácticas tradicionales de manejo del suelo, prácticas de mínimo laboreo o mantenimiento de una cubierta adecuada del suelo. No obstante, no se realizarán tratamientos agrícolas sobre estas tierras entre los meses de abril y junio, ambos incluidos. (BR Vigesimoquinta 2 a de la Resolución de 7/04/2025)
- En la práctica de Siembra Directa, y de conformidad a lo establecido en el artículo 37.2 del Real Decreto 1048/2022, excepcionalmente, y por causa debidamente justificada, se permitirán labores verticales, según se define en la BCAM 6, en el anexo II del Real Decreto 1049/2022, siempre y cuando se cumpla con la obligación de mantener el rastrojo sobre el suelo, de manera que éste esté cubierto durante todo el año. (Apartado Octavo.1c de la Convocatoria de la Resolución de 7/04/2025)
- BCAM 7: Rotación en tierras de cultivo excepto en cultivos bajo agua.
- Particularidad Asturias:
- Se considerará cultivo principal aquél que se encuentre en la parcela entre los meses de 1 de enero a 31 de marzo. (BR Vigesimoquinta 2 b de la Resolución de 7/04/2025)
- En la práctica de rotación de cultivos con especies mejorantes del artículo 36 del RD 1048/2022, el requisito de que al menos el 50% de la superficie de tierra de cultivo correspondiente presente cada año un cultivo diferente al cultivo previo, conforme a los mismos criterios establecidos en el plan estratégico de la PAC 2023 – 2027 para la condicionalidad reforzada y las buenas condiciones agrícolas y medioambientales (BCAM) y en concreto para la BCAM 7, se rebaja al 25% en las explotaciones con más del 25% de la tierra de cultivo correspondiente con especies plurianuales, de conformidad a lo establecido en el artículo 36.1 a) del Real Decreto 1048/2022 (Apartado Octavo.1b de la Convocatoria de la Resolución de 7/04/2025)
- BCAM 8: Mantenimiento de los elementos del paisaje, prohibición de cortar setos y árboles durante la temporada de cría y reproducción de las aves.
- BCAM 9 - Prohibición de convertir o arar los pastos permanentes declarados como pastos permanentes sensibles desde el punto de vista medioambiental en los espacios Natura 2000.
- BCAM 10: Fertilización sostenible.
Requisitos Legales de Gestión (RLG)
- RLG 1: Ámbito de la política de aguas.
- RLG 2: Protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias.
- RLG 3: Conservación de las aves silvestres.
- RLG 4: Conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.
- RLG 5: Principios y requisitos generales de la seguridad alimentaria.
- RLG 6: Prohibición de usar determinadas sustancias de efecto hormonal y tireostático y sustancias β-agonistas en la cría de ganado.
- RLG 7: Comercialización y uso de productos fitosanitarios.
- RLG 8: Uso sostenible de los plaguicidas.
- RLG 9: Normas mínimas para la protección de terneros.
- RLG 10: Normas mínimas para la protección de cerdos.
- RLG 11: Protección de los animales en las explotaciones ganaderas.
Condicionalidad social
Con la aplicación de la del Plan Estratégico de la PAC, se vincula el cobro íntegro de determinadas ayudas de la PAC al cumplimiento por parte de agricultores y demás personas beneficiarias de una serie de normas básicas en materia de condiciones de trabajo y empleo de las personas trabajadoras agrícolas y de sus seguridad y salud en el trabajo.
La condicionalidad social se aplica desde el 1 de enero de 2024. Se comprobarán las posibles sanciones por incumplimientos de la legislación laboral por parte de las autoridades laborales.
Circular de coordinación 21/2025. Criterios para la aplicación de penalizaciones por condicionalidad social. Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA)
Avisos. ¿Qué está ocurriendo con la tramitación de las Ayudas PAC?
Debido a los incendios que estamos padeciendo, es posible que el cumplimiento de determinados compromisos de las Ayudas PAC pueda verse afectado. Entre otros, la obligación de pastar durante 3 meses, en el caso de la Intervención de Gestión sostenible de pastos, o el cumplimiento de la "actividad agraria" en la superficie comunal, en beneficiarios que no solicitan la Ayuda de pastos.
En esos casos, estaríamos ante un posible caso de fuerza mayor.
Para aplicar la fuerza mayor, los beneficiarios que se puedan ver afectados por esta situación, deberán presentar un escrito, en el que manifiesten las limitaciones que están teniendo, describiendo lo mejor posible cada caso, caso que se estudiará de manera individualizada, tal y como establece la legislación.
Hay que tener en cuenta también, que la normativa establece, que el plazo de comunicación, será dentro de los quince días siguientes a la fecha en que hayan acaecido tales hechos o, en caso de que por su naturaleza se hubiera imposibilitado o dificultado gravemente tal comunicación, a la fecha en que el beneficiario o su representante esté en condiciones de hacerlo.
Para más información puede dirigirse a su Oficina Comarcal.
¿Qué es la monitorización?
Es un tipo de control que utiliza las señales que proporcionan los satélites Sentinel para efectuar un control automático de las parcelas declaradas por el beneficiario, para verificar el cumplimiento de los requisitos que se exigen para el cobro de las ayudas PAC. En definitiva, compara lo declarado por el solicitante y lo observado en las imágenes del satélite.
¿Qué tengo que hacer si recibo una carta de monitorización?
Esta comunicación recibida, va a permitir llevar a cabo la corrección de los desajustes detectados, sin que esto suponga una penalización en los pagos de las ayudas o en su caso, confirmar que su parcela está bien declarada, a pesar de que el resultado del control por monitorización, lo ponga en duda o diga lo contrario.
En el caso de que considere que su parcela está bien declarada, en contra de lo que detecta la monitorización, deberá aportar una foto georreferenciada en el que se visualice claramente la validez de su declaración. Esta fotografía deberá realizarse a través de la aplicación SGAapp.
En el caso de que se trate de un error en la declaración, deberá presentar únicamente un escrito, indicando la modificación a realizar (adaptación o renuncia) en la parcela o parcelas afectadas.
Si se necesita ayuda para llevar a cabo la ejecución de la fotografía georreferenciada o para realizar el trámite con las correcciones, puede llamar al teléfono 985 190716, en el que recibirá toda la ayuda necesaria para llevar a cabo la tramitación.
También le podrán ayudar en este trámite la Entidad Colaboradora con la que gestionó las Ayudas de la PAC_2025, y la Oficina Comarcal de su zona.
¿Qué plazo tengo?
Se establece como fecha fin de plazo de adaptaciones y presentación de fotografías georreferenciadas el 31 de agosto de 2025. Hay que tener en cuenta que con posterioridad a esta fecha, no se podrán llevar a cabo ni adaptaciones ni presentación de fotografías.
Para más información: Contacta con tu Oficina Comarcal Agraria o, en su caso, con tu entidad tramitadora de Ayudas.