Buen gobierno y grupos de interés
- Buen Gobierno
- ¿Qué comprende el buen gobierno?
- ¿Qué papel desempeña el Consejo?
- Grupos de interés
- ¿Cómo regula la Ley la actividad de los grupos de interés?
- ¿Qué papel desempeña el Consejo?
Buen Gobierno
La Ley del Principado de Asturias 8/2018, de 14 de septiembre, establece los principios y reglas de buen gobierno que deben observar los altos cargos del Principado de Asturias, completando las previsiones básicas de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre.
¿Qué comprende el buen gobierno?
El régimen de buen gobierno comprende, entre otras materias:
- Los principios de actuación de los altos cargos, que deben ejercer sus funciones con profesionalidad, integridad, objetividad, competencia, responsabilidad, buena fe y lealtad institucional, al servicio del interés general y con respeto a las reglas de transparencia, imparcialidad y responsabilidad.
- El Código de conducta de los altos cargos, que desarrolla, complementa y concreta los principios de buen gobierno y los procedimientos para su aplicación.
- La idoneidad para el ejercicio del cargo y la correspondiente declaración responsable previa a la toma de posesión.
- La prevención de la corrupción, mediante, entre otros instrumentos, el Plan de Prevención de la Corrupción, que incluye la identificación y evaluación de riesgos y las medidas destinadas a reducirlos.
- La prevención y gestión de los conflictos de intereses, incluida la obligación de abstención cuando los intereses personales del alto cargo puedan afectar al ejercicio objetivo e imparcial de sus funciones.
- El régimen de incompatibilidades y las limitaciones durante y después del ejercicio del cargo, así como las obligaciones relativas a participaciones societarias y a la gestión de determinados valores y activos financieros.
- Las declaraciones y registros de actividades y de bienes y derechos patrimoniales de los altos cargos, en los términos y con el régimen de publicidad o reserva establecidos por la Ley.
- El control del cumplimiento de estas obligaciones, incluido el examen de la situación patrimonial de los altos cargos al finalizar su mandato y el régimen de infracciones y sanciones.
¿Qué papel desempeña el Consejo?
El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno del Principado de Asturias garantiza, en el ámbito de sus competencias, la observancia de las disposiciones en materia de buen gobierno.
El Pleno aprueba el Plan de Prevención de la Corrupción y formula la propuesta del Código de conducta de los altos cargos. La Oficina de Buen Gobierno y Lucha contra la Corrupción elabora la propuesta del Plan y vela por su ejecución, gestiona los Registros de Actividades y de Bienes y Derechos Patrimoniales de altos cargos y ejerce las restantes funciones que la Ley le atribuye en materia de conflictos de intereses, incompatibilidades, control patrimonial e instrucción de procedimientos sancionadores.
Grupos de interés
La Ley 8/2018 considera grupos de interés a las personas físicas o jurídicas y a las organizaciones que se dedican profesionalmente, como toda o parte de su actividad, a influir directa o indirectamente en los procesos de elaboración de políticas o disposiciones normativas, en su aplicación o en la toma de decisiones de la Administración del Principado de Asturias y de su sector público, en los términos establecidos por la Ley.
¿Cómo regula la Ley la actividad de los grupos de interés?
La Ley establece distintos instrumentos dirigidos a garantizar la transparencia y el control de su intervención en la actuación pública:
- Un Registro de grupos de interés, de carácter público, adscrito a la Dirección General competente en materia de participación ciudadana. La Ley prevé la inscripción en él de los sujetos comprendidos en su ámbito de aplicación y remite a desarrollo reglamentario la regulación de su organización y funcionamiento. El Registro no se encuentra actualmente en funcionamiento y su creación y gestión efectiva no corresponden al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno del Principado de Asturias.
- Un Código de conducta, que deberá acompañar a la inscripción y recoger, entre otros compromisos, la actuación honesta y el suministro de información completa, correcta, actualizada y no engañosa.
- El expediente de huella en la actuación pública, destinado a dejar constancia de los cambios introducidos en una norma, plan, programa de actuación o política pública como consecuencia de la intervención de grupos de interés.
- Un régimen de infracciones y sanciones para los incumplimientos previstos en la propia Ley.
¿Qué papel desempeña el Consejo?
El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno del Principado de Asturias tiene entre sus fines garantizar la observancia de las disposiciones sobre grupos de interés, dentro del ámbito de las competencias que le atribuye la Ley 8/2018.
Esta función no comprende la creación ni la gestión del Registro de grupos de interés, que se encuentra adscrito a la Dirección General competente en materia de participación ciudadana.
En el ámbito sancionador, corresponde a la Oficina de Buen Gobierno y Lucha contra la Corrupción la instrucción de los procedimientos previstos en la Ley, mientras que la incoación y la imposición de las sanciones corresponden a los órganos que determina su artículo 57.